DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada Maura Guzmán, Defensa Pública Penal 3º Suplente, actuando en asistencia del ciudadano imputado NOEL DEL CARMEN BLANCA MORENO, en el proceso judicial que se le sigue por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal venezolano vigente; a fin de objetar la decisión dictada y debidamente fundamentada, en data 26-04-2011 por el Tribunal 1º de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en ocasión al acto de Audiencia de Presentación de Imputado, mediante la cual lo Impuso de Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo previsto en los artícu.....