Dispositiva:
Con fundamento a las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la Perención de la Instancia, en el presente procedimiento por Reconocimiento de Instrumento Privado, incoado por el ciudadano: Pedro Guzmán Salazar, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.697.148, y de este domicilio, contra el ciudadano: José Francisco Bennassar Nessi., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.020.573, y de este domicilio.-
Se decide conforme a los Artículos: 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 12, 15, 242, 267, y 269 del Código de Procedimiento Civil.-
De conformidad con el Artículo 251 del Código de Proc.....