este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: OCTAVIO JOSE CALDERON SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.585.629, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, que mide DOSCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTÍMETROS CUADRADOS (271,20M2), ubicado en la Calle 09, esquina Carrera 07, Barrio Cuatro Esquina, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy