Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido el ciudadano JOSE ELEAZAR INFANTE TOVAR, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.952.886, falleció el día 16/05/2020, en la Ciudad de Zaraza, Sector Lomas, calle Nueva, casa Nº 30, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guarico, quien falleció a consecuencia de Cáncer de Próstata con MT, según acta de defunción Nº 140, folio 140, Tomo 1, del años 2020, expedida.....