REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 29 de septiembre de 2025
Año 215º y 166º
COMPETENCIA CIVIL
Visto el cómputo que precede se puede observar que la presente causa se encuentra en estado de admisión de las pruebas promovidas por las partes y por cuanto cursa en autos escritos de oposición de prueba presentado por la representación judicial de la parte demandada en fecha 02-06-2023, pasa este tribunal a pronunciarse acerca de la oposición planteada por la parte demandante:
El artículo 397 de nuestro ordenamiento jurídico civil establece:
"(...) Dentro de los tres días siguientes al término de la promoción, cada parte deberá expresar si conviene en alguno o algunos de los hechos que trata de probar la contraparte determinándolos con claridad a fin de que el Juez pueda fijar con precisión l.....