Fundamentando en las consideraciones de hecho y de Derecho que preceden, amparado en la libre convicción razonada, y aplicados los principios de la equidad y la buena fe, sin mas limitaciones que establecer la verdad real, y el apego a lo alegado y probado en autos que resultó favorable a la actora en representación del derecho de su hija, este Tribunal de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con Sede en Ciudad Bolívar, en Sala de Juicio, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por Inquisición de la Paternidad, incoada por la ciudadana: Maria Teresa Flores Machiz, en representación de los derechos de su menor hija (Identidad omitida de conformidad con el articulo 65 de la Ley Organica de Protección de Niños y Adolescentes) Flores, en contra del ciudadano: Wissan El Hassani, con fundamento en los artículos: 208, 210, 211, 215, 233 y 1422 del Código.....