Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos ANTONIO RAFAEL MENDOZA BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.930.101, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ALEXANDER RAFAEL SUSARREY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 180.393, contra la ciudadana ELENA JOSEFINA ISTURDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.937.374, en fecha 17 de Agosto de 1.983, por ante la Prefectura del Municipio Caroní, del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el.....