este Tribunal de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, ¿Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley¿, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana ROSA ELENA GUTIÉRREZ, titular de la C.I. 11.271.162, en contra del ciudadano SERGIO ENRIQUE GRANADO GUTIÉRREZ, titular de la C.I. 11.653.962, a favor de los niños (OMITIDOS), de catorce, once y siete años de edad y considera pertinente fijar una Pensión de Alimento por la cantidad ofrecida por el demandado de autos en el acto de su contestación a la demanda al folio 12, es decir la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,ºº) semanales, a partir del 31 de Marzo del presente año, para ser depositado en una cuenta de ahorro del Banco Industrial de Venezuela, que se ordenará aperturar a favor de los niños (OMITIDOS), representados por su madre ROSA ELENA GUTIÉRREZ, deberá deposit.....