En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales incoada por el ciudadano Richard Alfredo Márquez Veliz, en contra de la sociedad mercantil Colegio Universitario Monseñor de Talavera, S.R.L., plenamente identificados.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dadas las características del presente fallo.
A los fines de dar cumplimiento a la indexación judicial acordada en el presente fallo, se ordena oficiar al Banco Central de Venezuela a objeto que envíe los índices inflacionarios correspondientes. Líbrese Oficio.