Se declara CON LUGAR, la Apelación ejercida por el ciudadano HERNÁN RAMOS, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante recurrente, en contra del auto dictado en fecha dieciséis (16) de enero del año dos mil catorce (2014) por el Tribunal Quinto (5to) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. En consecuencia de ello, se REVOCA, el auto dictado en fecha dieciséis (16) de enero del año dos mil catorce (2014) por el Tribunal Quinto (5to) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. SE ORDENA, al Tribunal Quinto (5to) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, la continuación del proceso para lo cual previo, deberá notificar a la p.....