este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos: CARLOS EDUARDO LOPEZ LUNA y RICHARD MANUEL LOPEZ LUNA, titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.824.343 y V-15.482.376 respectivamente, sobre unas bienhechurías en un terreno ejido, bajo Regularización de Tenencia según Decreto N° Da-2011-004 de fecha 04 de Febrero del 2011, publicado en Gaceta Municipal Extraordinario N° 586 de fecha 14 de Febrero del 2011, con un área de terreno de TRESCIENTOS VEINTIOCHO METROS CON DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (328,17 M2)