Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TACHADO el documento de venta autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Ciudad Bolívar del Municipio Heres, estado Bolívar, bajo el Nro. 92, tomo 32 de fecha 05/05/1995, que posteriormente fue protocolizado por ante el Registro Público del Municipio Caroní del estado Bolívar, bajo el Nro. 2013.92, asiento registral 2 del inmueble matriculado con el Nro. 297.6.1.1.1535 de fecha 07/02/2013, al Libro del Folio Real del año 2013; en consecuencia carece de validez, ni surte ningún efecto jurídico el documento antes descrito. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.-
En consecuenci.....