En razón de todas las consideraciones anteriormente expuesta, este JUZGADO DECIMO (10º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO presentado, de conformidad con los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil en aplicación supletoria por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declara terminado el proceso que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos incoara el ciudadano ESTEBAN GUZMAN en contra del ciudadano LUIS CARDENAS CASTILLO. ASI SE DECIDE. Asimismo, por cuanto no queda nada pendiente por proveer, se ordena el correspondiente ARCHIVO DE LEY, una vez transcurridos los lapsos recursivos a que haya lugar.
Regístrese, publíquese y déjese copia en el compilador respectivo.
Dada, firmada y s.....