Al respecto este Tribunal tomando en cuenta que el objeto de la presente transacción versa sobre el reclamo del pago de PRESTACIONES SOCIALES, estimadas en la cantidad de DOSCIENTOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs.208.642.246,25), mas la corrección monetaria, intereses de mora y las costas del presente juicio, cantidad señalada por los actores en su libelo de demanda, y visto que no contiene renuncia alguna a ningun derecho irrenunciable derivado de una relacion de trabajo, llegaron a un acuerdo ambas partes en la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 50.000.000,00) siéndole asignada a la Sociedad Mercantil Distribuidora Guiller CA. Bs. 7.988.550,00, Distribuidora Carelen CA., Bs. 2.991.000,00, Distribuidora JM.CA., Bs. 8.110.000,00, Distribuidora 30.583, CA., Bs. 10.025.450,00 y Distribuidora A.E.P. 31 CA., Bs. 5.885.000,00, todos ellos en calidad de terceros intervinientes, y por cu.....