V
DISPOSITIVA
En mérito de todas las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de REIVINDICACION DE BIEN MUEBLE incoada por la SOCIEDAD MERCANTIL OFFICE MALL, C.A, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL INMOBILIARIA MELIAL, C.A