DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido contra Auto, interpuesto por el Abogado JESÚS RAMÓN VILLAFAÑE HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensor Privado, procediendo en asistencia del ciudadano ELVIS EDUARDO BASTARDO QUIÑONEZ, en el presente Proceso Judicial que le es seguido por la presunta incursión en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionada en el articulo 405 del Código Penal Venezolano. En consecuencia. En consecuencia, se ANULA, conforme a los artículos 26 y 257 Constitucional, y 173, 191 y 195 de la Ley Adjetiva Penal, el fallo objetado que emitiera el Tribunal 1º en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, en fecha 11/06/2009, en consecuencia se acuerda retrotraer la.....