VII
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de PROCEDIMIENTO DE TACHA que incoara el ciudadano JUAN MARCEL SANDTER SANCHEZ, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-7.511.642, domiciliado en la Parroquia Salóm avenida comercio del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, actuando también como apoderado de los ciudadanos JESÙS ENRIQUE SANDTER SANCHEZ, MARIA LINA SANDTER SANCHEZ y JUANA LILI SANDTER SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 4.127.554, V- 4.127.618 y V- 4.483.697, en su orden, tal como consta en Poder Especial de Administración y Representación, debidamente Autenticado por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Autónomo Nirgua del Estado Yaracuy, quedando a.....