Por todas las consideraciones expuestas, el Tribunal de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas del Municipio Bolivariano Angostura del Primer Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara PARCIALMETE CON
LUGAR, y valida la Solicitud de Oferta de la Obligación de Manutención, incoada por el
Ciudadano: ANGEL LEONARDO GUEVARA, a favor de sus hijas: YUDIANGELYS
VALENTINA DEL VALLE Y YUDIANNYS SABRINA DEL VALLE GUEVARA TOREALBA,
representada por su progenitora madre Ciudadana: JUDITH JOSEFINA TORREALBA DE
GUEVARA, todos identificados todos en autos, por lo que se fija los siguientes montos para
cumplir con la Obligación de Manutención de forma Mensual y Consecutiva BOLIVARES
SETECIENTOS MIL EXACTOS (Bs.700.000,oo) Mensuales por concepto de Obligación de
Manutención, lo que corresponde al Veintitrés por ciento (23%), del Salario Mínimo
Decretado por el Ejecut.....