En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACIÓNAL CONVENIMIENTO POR VIA TRANSACCIONAL efectuado por las partes (demandante y demandado), con motivo del juicio de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO, FIRMA Y HUELLAS DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesto por la ciudadana MILAGROS OSCARINA DE LA CANDELARIA CONDE RENDON contra el ciudadano JOSE MANUEL MOTA BLANCA, ut supra identificados; téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad en lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese, incluso en la página Web oficial www.tsj.gob.ve, Déjese copia certificada de esta decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano......