Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS BAUTISTA GONZALEZ, debidamente asistido por la abogada CELINA MERCEDES DIAZ RODRIGUEZ, en contra de la sentencia dictada en fecha 27/05/2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito de este Circuito y Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se CONFIRMA la referida sentencia dictada en fecha 27/05/2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, agrario, Bancario y del Tránsito de este Circuito y circunscripción Judicial. TERCERO: Se ordena continuar el trámite del referido juicio en el estado en que se encontraba para el momento de la notificación de.....