Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° en concordancia con los artículos 40 segundo parágrafo y 48 ordinal 6° todos del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano JOSÉ LUIS GÓMEZ.