Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del ciudadano DOMINGO ANTONIO MOTA SEQUERA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 5.465.603 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que el solicitante fomentó en un lote de Terreno Propiedad del Municipio, que mide CUATROCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y UN CENTIMETROS (413,41 Mts2), Ubicado en la Calle 9 entre avenidas 3 y 4 de la Comunidad de Pueblo Nuevo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy