En fecha 30/11/2006, el JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, CON SEDE EN PUERTO ORDAZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 de su Reglamento vigente y el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por disposición expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación y Homologa la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada