MEDIACION POSITIVA. Hoy, treinta (30) de noviembre de 2010, a las nueve y treinta minutos de la mañana (09.30 a.m), se instalo la Audiencia Preliminar en el presente juicio y visto que la mediación fue positiva este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su aprobación y homologa el CONVENIO celebrado entre las partes.-