"Este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con Sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte demandante, a través de su representante judicial, el abogado EDUARDO JOSE RODRIGUEZ LOPEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 221.234, en contra de la sentencia dictada en fecha 27 de octubre de 2015, por el a quo << Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz >>.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 27 de octubre de 2015 por el a quo << Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz >>.
TERCERO: S.....