Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de Cujus ALFREDO JOSE LA ROSA PACHECO, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-8.179.891, falleció el día 10/12/2019, a las 08:30 a.m., avenida Leoflinf de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, a consecuencia de HEMORRAGIA SUBDORAL, FRACTURA DE CRANEO, HECHO VIAL, según certificado de defunción Nro. 3743802; a la ciudadana SIRUMA TERESA MARCANO GONZA.....