Razón suficiente para que en base a los elementos de hecho y de derecho esgrimido este Juzgado declare, sin lugar la oposición de Tercero Adquiriente, contra la mediada Ejecutiva practicada sobre bienes de su representada, y CON LUGAR LA SUSUTITUCIÒN DE PATRONO ALEGADA POR EL ACCIONANTE en la presente causa . Y ASI SE DECIDE.