este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, MARITZA JOSEFINA GONZALEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad número V-7.911.825, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno Municipal, ubicado en la Parroquia el Capital, comunidad Pueblo Nuevo, en la calle principal con calle el Central y Caño el Lazarito, en el Municipio Veroes del Estado Yaracuy