este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO; CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano CANDELARIO RAMOS SINS, contra la ciudadana LEA VITTORI DI FELICI, ambas partes plenamente identificados en autos.