DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido por la Abog. Mónica Cecilia Vahlis Gourmeitte, en su condición de víctima; tal acción de impugnación interpuesta en contra del fallo dictado el 30-01-2011 por el Tribunal 3° en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Edo. Bolívar, con sede en la Ext. Terr. Pto. Ordaz, en ocasión al acto de Audiencia de Presentación del Imputado Evaristo José Albarran Briceño; fallo fundamentado en Auto del día 31-01-2011, y mediante el cual otorga la Libertad Sin Restricciones del imputado en razón de lo alegado por el Fiscal del Ministerio Público respecto a la calificación jurídica del delito como de Instancia de parte agraviada; SEGUNDO: ANULA DE OFICIO, conforme a los artículos 26 y 257 Constitucional .....