En virtud de lo anterior, se plantea CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA de conformidad con lo establecido en los Articulo 70 y 71 del Codigo de Procedimiento Civil, se acuerda expedir por secretaria copia certificada de todos y cada uno de los folios que conforman el presente expediente y remitirlas al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Del Transito del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, a fin de que resuelva la REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA, que a tal efecto de oficio se solicita por el Órgano Jurisdiccional funcionalmente competente para el conocimiento del mismo.-Líbrese oficio.