IX
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con Sede en la Ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por la ciudadana MARIA CAROLINA PULIDO GARCIA, abogada en el ejercicio e inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nro. 66.887, en su carácter de Apoderada Judicial de la Entidad de Trabajo CORPORACION ELECTRICA NACIONAL (CORPOLEC), Sociedad Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda, en fecha 17 de octubre de 2007, bajo el Nro. 69, Tomo 216 A; en contra del Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación C-00170-2013, de fecha 26 de noviembre de 2013, llevada en el expediente BOL-11-IE-12-0435, dictada por la DIRECCIÓN ESTADAL D.....