MEDIACION POSITIVA.Hoy, treinta y uno (31) de julio de 2009, a las once y treinta minutos de la mañana (11.30 m), tuvo lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en vista que la mediaciòn fue positiva, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÌVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte HOMOLOGACIÓN al acuerdo celebrado entre las partes, en los términos planteados en la presente acta, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dandose por conluido el proceso.-