En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de fijación de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la abogada REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, Fiscal Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana DATOS OMITIDOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.649.450, domiciliada en sector Tomás López, copa redonda, calle 4, entre avenidas 5 y 6, casa S/N, Sabana de Parra, municipio José Antonio Páez, estado Yaracuy, en beneficio de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA SEGUN ART. 65 DE LA LOPNNA, de catorce (14) y quince (15) años de edad, en contra del ciudadano DATOS OMITIDOS, venezolano, mayor de edad, titular de la.....