Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que la cónyuge, ciudadana: ZULEIMA DEL VALLE BAENA TOVAR, ha comparecido en forma personal para solicitar se declare la extinción del vínculo conyugal que lo une con el ciudadano: ENZO JOSE BARRIOS, que habían contraído por ante la oficina del Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui, en fecha Quince (27) de Septiembre del año 2016, en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO ANZOATEGUI ADCRITO AL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: ZULEIMA DEL VALLE BAENA TOVAR y ENZO JOSE BARR.....