este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria formulada por la abogada SUGEY BECERRA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 24 de octubre del 2012.