DECISION
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, con competencia en esta materia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos RUBEN DE LA CRUZ OSORIO VENEGAS Y ROSA ELENA BARRERA LEZAMA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-81.355.810 y V-8.893.779 respectivamente, debidamente asistidos por los abogados en ejercicio CARLOS EDUARDO BASANTA GARCIA Y JOSE MANUEL MOTA BLANCA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.165.033 y 34.859, en consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui, Parroquia S.....