NNPor todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRESCRITA la acción interpuesta y en consecuencia SIN LUGAR la demanda de indemnización de daños civiles interpuesta por el ciudadano RUBEN RODRIGUEZ MONROY en contra de las empresas EXPRESOS OCCIDENTE C.A. y SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL C.A. ASI SE DECIDE.
Se condena en costas del proceso a la parte actora, por haber sido vencida en forma total en esta litis, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCON JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, a los seis (06) días del mes de noviembre de 2.008. Años 198° de la Independenci.....