Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la acción de nulidad propuesta por los Abogados LUZ ADRIANA SÀNCHEZ y EUNIDES MARTINEZ DE LIZARDI venezolanas, mayores de edad, ceduladas con las cedulas V- 10.796.425 y V-8.867.382, abogadas en ejercicio e inscritas en el I.P.S.A, bajo los Nros. 92.642, 100.671, respectivamente, apoderados judiciales del ciudadano ARMANDO ANTONIO GARRIDO FERREIRA, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, con cedula de identidad Nº V.-16.757.325, contra providencia administrativa, Nº 2013-575, de fecha 08 de Noviembre de 2013, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, estado Bolívar.