En merito de lo expuesto, y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, declara: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por la De Cujus ELSA DOLORES SARMIENTO DE MORENO, quien era de nacionalidad Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-4.935.198, fallecida en fecha 24/06/2.021; a los Ciudadanos: NELSON IDALBERTO MORENO SARMIENTO (HIJO), JORGE LUIS MORENO SARMIENTO (HIJO), MARLENI DE JESUS MORENO SARMIENTO (HIJA), YORLEN ARMANDO MORENO SARMIENTO (HIJO), DAMARIS COROMOTO MORENO SARMIENTO (HIJA), FRANCISCO JAVIER MORENO SARMIENTO (HIJO), venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.598.410, V-4.598.409, V-4.986.440, V-8.916.758, V-9.496.721 Y V-17.633.293, actuando en este acto en sus condiciones de hijos; SIN PERJUICIO DE.....