Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el Recurso de Apelación ejercido por el Abog. Robert Mujica, Defensor Privado, procediendo en asistencia del ciudadano acusado Alexis José Moreno, en el proceso judicial que le fuere instruido por su presunta incursión en la comisión del ilícito de Estafa por Emitir Cheque Sin Fondo; tal impugnación ejercida a fin de refutar el fallo que emitiera el Tribunal 5º en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 28-03-2011, en ocasión a la solicitud de revisión de medida conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, que fuere peticionada por la Defensa Privada hoy apelante, siendo declarada Sin Lugar por el A Quo, ordenando por consiguiente mantener vigente la medida cautelar privativa de l.....