Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la fallecida ciudadana MANUELA ANTONIA PETIT DE CARRASQUEL, quien era venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.173.117, falleció el día 02/09/2021, en el Estado Falcón, Municipio Carirubana, Parroquia Carirubana, a consecuencia de HIPOXEMIA SEVERA INSUFICIENCIA RESPIRATORIA AGUDA IBR NEUMONIA BILTERAL INFECCION VIRAL POR SARS COVID-2 según acta de defunción Nro. 148; a.....