Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del De Cujus: LUIS JOSE BERMUDEZ TAMARONIS, quien era venezolano, mayor de edad, unido, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.121.244, falleció AB-INTESTATO, el día 02 de Mayo de 2017, en el Sector los pinos, Mano, Estado Anzoátegui, a consecuencia de HEMORRAGIA INTERNA TRAUMATISMO TORACICO CRANEO ENCEFALICO, a la ciudadana MILDRE ELINA JAIMES MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.490.956, en su condición de Unida y.....