Con fundamento a las razones precedentes expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Desalojo, incoada por el Ciudadano: Pedro Luis Lanz Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.915.001, y de este domicilio; contra el Ciudadano: Yahia Al Atrache, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.949.426, y domiciliado en Upata, Municipio Piar, del Estado Bolívar; sobre el bien inmueble, ubicado en el cruce de las Calles Monagas y Ricaurte, Local S/Nº, Upata, Municipio Piar, del Estado Bolívar, constituido por un Local Comercial, enclavado en un terreno de propiedad privada, constante de Quinientos Sesenta Metros Cuadrados (560 Mts.²), de su.....