D I S P O S I T I V A
Por todas las argumentaciones que anteceden, éste tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución de la Extensión Territorial Puerto Ordaz del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley acuerda otorgar a los penados Schifino Ramírez Ronny y Ayala Rodríguez Israel, venezolanos de 21 y 19 años de edad respectivamente, titulares de las cédulas de identidad números 16.615.865 y 18.978.846 y domiciliados el primero en Urbanización Arivana Country Club apartamento Nro 09-03 Puerto Ordaz, y el otro en UD-145 Calle Jorge, casa Nro 02 San Félix Estado Bolívar un régimen de cumplimiento de la condena que les fue impuesta bajo las condiciones especificadas en la parte motiva de la presente decisión, la cual se fundamenta en los artículos 2, 3, 26, 75 y 257 de la Constitución Bolivariana de Venezuela , y 478, 479 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal..-En Puerto Ordaz, a los seis (06.....