TERCERO:
DEL DOCUMENTO FUNDAMENTAL DE LA DEMANDA
Observa quien suscribe, que para fundamentar su demanda, las partes solicitantes consignaron copia certificada del Acta Nº 08, inserta en el Libro de Registro de Matrimonios del año 1.998, llevado por el Registro Civil del estado Bolívar, la cual se encuentra debidamente certificada por el Registro Civil del estado Bolívar, cursante al folio 4 y su vuelto del presente expediente, de la cual se constata que efectivamente los ciudadanos MIGDALIA JOSEFINA ASCANIO MALAVE Y DANNY JOSE OCHOA ROMERO, respectivamente, ambos identificados en autos, celebraron el matrimonio Civil, previo cumplimiento de las formalidades correspondientes.
Examinados exhaustivamente las pruebas aportadas en autos, se evidencia de manera clara, que en el presente caso se han cumplidos todos los requisitos establecido en el artículo 8, ordinal 8 de la Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, publicada en la Gaceta Oficial de la R.....