Por último debe este Tribunal deplora la actitud temeraria y de poca consideración de los apoderados de la parte actora, en proponer la presente incidencia, a lo largo de las distintas sesiones de la Audiencia Preliminar tuvieron oportunidad de debatir con los representantes de la demandada, quienes presentaron fórmulas para resolver el asunto, y que solo al final, por desacuerdos en montos sobre honorarios profesionales, debió este Tribunal considerar el pase de la causa a la fase de juicio, esa verificación sobre lo anterior, le permitió a quien suscribe, deducir, al margen de las razones vertidas para resolver esta incidencia, que dichas impugnaciones no estaban revestidas de seriedad y profesionalismo.
Se condena en costas a la parte actora por ser vencida totalmente en la presente incidencia
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. AÑOS 145 y 194.