Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación, ejercido por la parte demandada, en contra del fallo dictado en fecha 22/10/2019 por el juzgado a quo, en lo atiente a la cuestión previa del numeral 11 del artículo 346 de la Ley Procesal Civil, en el juicio que por Ejecución de Contrato intentará Robert Salazar en contra de Zuehan Betancourt, todos plenamente identificados en los autos.
Segundo: Se CONFIRMA el fallo dictado en fecha 22/10/2019 por el tribunal de la causa, en lo que respecta a la cuestión previa del numeral 11 del artículo 346 de la Ley Adjetiva Civil; que declaró sin lugar la cuestión previa antes indicada, con base a los razonamientos aquí expuestos.
Tercero: SIN LUGAR la adhesión a la apelación presentada por.....