este tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Nuevo Régimen Procesal de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, ACUERDA: LA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL, de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES) , de un (1) año de edad, nacida el 28 de Octubre de 2008, según se evidencia del Original de la Constancia de Nacimiento expedido por el Funcionario Designado por la Primera Autoridad Civil del Municipio San Felipe de este estado Yaracuy, cursante al folio 4 del expediente, bajo los cuidados de la tía ciudadana YESENIA ZUBLEMAR ARIAS GOYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.700.466 residenciada en la Urb. Simón Bolívar, calle primero de Mayo, casa Nro 240, al lado de la Panadería, Municipio La Trinidad de este estado Yaracuy para ejerza la custodia de la misma, así mismo.....