Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de Aprehensión en flagrancia. SEGUNDO: Se autoriza para que la presente causa se siga por el procedimiento ordinario. TERCERO: Se decreta la LIBERTAD PLENA para los ciudadanos CAMILO HERNÁNDEZ RIÓ, venezolano, natural de natural de El Vigía estado Mérida, nacido en fecha 28-08-1988, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.141.745, soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Jorge Hernández (V) y Berenice Hernández (V), con residencia en el Barrio las Flores, parte baja, El Vigía Estado Mérida y YANETH DEL VALLE CONTRERAS ROJAS, venezolana, de 22 años de edad, soltera, ocupación Oficios del Hogar, no se sabe el numero de la cédula, natural de El Vigía Estad.....